MUJERES vs DERECHOS DE LAS MUJERES ¿Y LA ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO?
8 mar
“¿Vamos a negar la justicia a las mujeres por procesos electorales? A las mujeres que mueren no se les pregunta de qué partido son, Simplemente mueren, repito que esto no tiene nada que ver con lo electoral, tiene que ver con una denuncia que es un instrumento que cuenta la sociedad civil…”
María del Rocío García Gaytán.
1. Preliminar.
Día Internacional de las Mujeres, y para conmemorar tan significativa fecha centenaria hoy día, me parece adecuado realizar un ejercicio diferente; uno de transparencia, pues esta última funge como una de las mejores herramientas para enfrentar las violaciones a los Derechos Humanos; la divulgación y la denuncia de los sucesos sirven para informar como, cuando y donde las autoridades soslayan los Derechos o tergiversan su protección.
Partamos de una expectativa, una mirada para entender el funcionamiento de nuestras “instituciones garantes”, particularmente, de la sesión extraordinaria llevada a cabo el día once de enero de dos mil once por el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (en lo sucesivo SNPASEVM), que atendió una petición presentada por una de las organizaciones de la sociedad civil mexicanas más prestigiosas: la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, A.C., dicha petición se hizo en relación al elevado número de feminicidios/femicidios que han ocurrido en el territorio del Estado de México, el grado de impunidad y la falta de averiguaciones efectivas y sanciones correspondientes.
2. ¿Qué es el SNPASEVM ?
El Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, es un mecanismo de garantía que surgió con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y su reglamento; este Sistema se conforma con Secretarías de Edo., con organismos descentralizados (por ejemplo el CONAPRED) y con los Institutos/Secretarías de las Mujeres de cada una de las entidades Federativas. Establece mecanismos administrativos (ojo, que no juicios) para tomar decisiones sobre la violencia contra las mujeres que ocurran en cualquier parte de la República.
La solicitud de investigación para la declaratoria de Alerta de Violencia de Género (AVG) debe contener requisitos de prueba en el que se señale: la violencia sistemática contra las mujeres, que dicha violencia se traduzca en delitos en un contexto de impunidad o permisibilidad social y que sea consecuencia de un conjunto de conductas misóginas que perturben la paz social. Una vez reunidos los mencionados requisitos, el Sistema procede a llevar a cabo una Sesión Extraordinaria para atender la solicitud y determinar si a lugar o no de llevar a cabo dicha investigación; si resulta procedente se formará un grupo interinstitucional y multidisciplinario para estudiar la posible emisión de la alerta y presentará un informe, posteriormente se da intervención al Gobierno local y se someterá a “consideración” del Sistema el informe para determinar si se declara o no la AVG.
Finalmente, debe mencionarse que la AVG consiste en un conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, misma que será decretada por la Secretaría de Gobernación y deberá contener efectos de “reparación” con base en Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
3. “…hemos observado un procedimiento al vapor…”
Fueron 2 horas con 10 minutos los que se necesitaron para desarrollar la sesión del Sistema. Primero la lista de asistentes y el quórum; luego se precisaron a los observadores del Sistema (aunque después los invitaron a “retirarse”) y posteriormente se determinaron las rondas de participación; entre las primeras voces que se dieron a la tarea de “objetar” el mecanismo: la Vocal Ejecutiva del Consejo Estatal de la Mujer del Estado de México y su Asesora Jurídica. Así, desconociendo en gran medida los instrumentos y pensando que se trataba de un juicio en el que debía de fijarse la “litis”, pasaron a señalar (como es costumbre en la administración del Gobierno de Edo. Mex) “ante notario” los “atropellos” de la sesión; la propia Secretaría Ejecutiva del Sistema mencionó que un día antes dicha Vocal intentó presionarla también con un notario en su propia oficina.
Por otra parte, la Asesora Jurídica destacó las “notificaciones ilegales”, apelo a la “misojenía” (así pronunciado) y a la rectitud de los “procedimientos administrativos”, desde luego sin desconocer implícitamente el porqué de su férrea oposición a la investigación para operar la Alerta de Violencia de Género:
–“…lo que se pretende es simple y sencillamente confundirnos y llevar precisamente, como ya se demostró a primera plana, a una persona que lo único que tiene de mal es el hecho de que sea carismático o que lo vean como un enemigo a vencer…”
La “defensa” del Consejo Estatal de la Mujer del Estado de México (que no Instituto) no solo quiso dejar en claro que no importaban las más de 922 mujeres asesinadas en la entidad para iniciar la investigación solicitada, sino que fue muy enfática en cuanto a los patrones socio-culturales de la violencia entre mujeres y hombres, de allí que la intervención comenzó a mezclar temáticas y estereotipos:
–“…hay tantos muertos como cuando fue la Revolución Mexicana, y no lo podemos desconocer, y no nada más hombres, mujeres sobre todo porque somos el sexo débil, y eso se pretende desconocer y tratar de decir que en un territorio ¿cuál territorio?
Acto seguido, un discurso sobre la “impericia jurídica” o la “malicia política”, porque el debate para la Asesora y la Vocal nunca fue los Derechos de las Mujeres, sino del uso del mecanismo para “desprestigiar la labor del Gobernador”, así, y ante la retórica chantajista, se paso a la especulación, o como decimos en México, a la teoría del “Complot”:
–“…se trata de una estrategia del Gobierno Federal para contener y eventualmente eliminar la competencia en el proceso político que se avecina”.
Luego, la Asesora haría una interpretación sesgada sobre la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso González y otras(“Campo Algodonero”) vs. México, y pasaría a reconocer un debate de fondo: que efectivamente, el Estado de México ocupa el primer lugar en términos de feminicidios, haciendo un contraste con la tasa comparativa entre las entidades federativas, quedando en el lugar 14 del “Ranking Nacional”, y terminó con una descompuesta y legalista exposición en defensa del Gobierno cuestionado.
En otro momento, uno de los argumentos que se unió a esta petición de “desechamiento de investigación” vino también de Instituto de las Mujeres de San Luis Potosí, pues la perspectiva de la directora versaba más en la materia política:
–“…en un foro como éste, aunque no quieran reconocerlo sí se politiza, se politiza la causa de las mujeres creo que en este país, a nadie le importan las mujeres y si hay un sesgo de la Federación para actuar en este sentido.”
Por su parte, a la directora del Instituto Queretano de la Mujer le parecía “muy preocupante” que se hicieran peticiones de AVG en vacaciones, interesante argumento por el cual la violencia contra las mujeres debe también vacacionar para no molestar a las funcionarias públicas:
–“o sea, si al Sistema le llega una alerta de unas hojas el ocho de diciembre de cualquiera de nuestros Estados y nos mandan la convocatoria el veintiocho de diciembre que son vacaciones en todos nuestros Estados, y ahorita estamos aquí, lo da por hecho, lo da por cierto”.
4. La Violencia contra las Mujeres es una Situación Seria.
En su oportunidad, algunas Directoras de Institutos y dependencias sacaron a flote los argumentos torales que justificaban a la sesión, por ejemplo, para la Directora del Instituto de las Mujeres de la Ciudad de México era claro que las compañeras del Estado de México no entendían la lógica del Sistema, ni el Derecho Internacional de los Derechos Humanos:
–“…lo que están diciendo nuestras compañeras es que los Tratados Internacionales no son aplicables para este caso, si son aplicables si se habla de los derechos universales de todas las mujeres en todo el país y nosotras tenemos que dar una batalla para que no se nos siga considerando como ciudadanas de segunda.”
Llamó la atención los recordatorios de las características del Sistema, por ejemplo, tal cual lo hizo la directora del Instituto de la Mujer Oaxaqueña:
-“…me lastima el hecho de que lo queremos dejar en cifras y en tasas ¿no? Y además me parece que no es un argumento legal, la Ley no establece que haya necesidad de una relación proporcional entre la población y el número de mujeres asesinadas o el número de feminicidios cometidos…coincido con Malú: las recomendaciones emitidas por el Caso campo algodonero por supuesto que mandatan al Estado y al Estado Mexicano y que implica a todo el país…”
Las manifestaciones de rechazo hacia el “desechamiento”, continuaron, incluso la propia Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas dejó notar que las etiquetas políticas no eran la causa de legitimación de las funcionarias, sino los Derechos:
-“…la protección de los derechos humanos de las mujeres debe trascender cualquier tinte partidista, como servidoras públicas una vez que aceptamos este cargo y asumimos nuestra responsabilidad, estamos al servicio de todas las personas por eso nuestra obligación como miembros del Sistema para hacer cumplir esta Ley sólo debe obedecer a nuestro compromiso con las mujeres de México.”
Finalmente, y ante los reiterados ataques sobre la importancia de los “tiempos electorales” por sobre los Derechos de las Mujeres, la Secretaría Ejecutiva del Sistema recordó que los Derechos Humanos se encuentran sobre la burda política partidista y tuvo que ejercer su Derecho a voz para explicarlo:
–“¿Tiempo electoral? ¿Cuándo empezó los tiempos electorales? Según tengo yo entendido todavía no empiezan, si se tienen muchos años en proceso electoral eso es diferente, pero el proceso no ha iniciado y aunque hubiese iniciado eso no nos exime de cumplir con la Ley y les dije ayer ¿vamos a negar la justicia a las mujeres por procesos electorales? A las mujeres que mueren no se les pregunta de que partido son, repito que esto no tiene nada que ver con lo electoral tiene que ver con una denuncia que es un instrumento que cuenta la sociedad civil para hacernos un llamamiento de cumplimiento de nuestras obligaciones, muchas gracias.”
5. Votación y conclusiones.
Una vez que hubieron concluido las participaciones, se tomó la decisión de hacer votación nominal para determinar si procedía o no la investigación para AVG, la sesión terminó de la siguiente manera: 11 a favor y 20 en contra, 2 abstenciones.
En lo particular y a pesar de que muchas mujeres miembros del Sistema estuvieron presentes, llama poderosamente la atención que muy pocas de ellas hayan ejercido su voz para externar su punto de vista en un tema extremadamente importante: la causa de los Derechos de las Mujeres; inclusive, puede intuirse que algunas de ellas se habían previamente organizado para votar en contra como un “bloque”, de ello tomó nota la Directora del Instituto de las Mujeres de la Ciudad de México por el asunto de los “pines”.
Ahora bien, lo que tendríamos que preguntarnos tiene que ver con la eficacia y con la rendición de cuentas, el mensaje que se manda por lo sucedido en la sesión del Sistema es confuso y lamentable: ¿mujeres votando en contra de mecanismos para investigar la violencia hacia las mujeres y sin explicar y razonar porque? ¿De qué lado están aquellas que han votado en contra del procedimiento?
Para terminar esta nota, me parece fundamental compartir la fuente de este ejercicio de transparencia para descargar, el objetivo: que la/el lector(a) tome sus propias conclusiones sobre el funcionamiento de nuestras instituciones; casi lo olvido, se anexa una tabla con los votos de los Institutos de la Mujer que votaron en contra de la investigación, así como aquellas que con valentía hicieron respetar la Ley, aquella que menciona que las Mujeres tienen Derecho a una Vida Libre de Violencia.
Miguel Ángel Antemate M.

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